El rey no abdica... porque no puede
El rey de España va a ser operado de nuevo de la cadera. Ante las preguntas de si se habría planteado la dejación de funciones, la renuncia o la abdicación, la respuesta del jefe de la Casa de Rey ha sido una negativa rotunda. ¿Cabezonería del rey? ¿Sentido de estado? Pues yo creo que vacío legal.
En el artículo 57.5 de la Constitución dice que "Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica". Dicha ley orgánica no existe.
Solo sabemos que el heredero es el príncipe de Asturias, pero no por qué procedimiento tomará posesión del trono o quien tendrá la jefatura del Estado en el periodo entre la muerte o abdicación del actual monarca y la proclamación del sucesor.
¿Tiene que jurar la Constitución? ¿Su nombramiento ha de ser aprobado por las Cortes? No lo sabemos.
No está escrita la fórmula, no está redactado ningún reglamento, al contrario que en otros países, en los que sabemos que en ese ínterin la jefatura la ostenta, por ejemplo, el presidente del Congreso.
Es decir, al momento siguiente al fallecimiento o abdicación, de producirse ahora, habría un vacío de poder. El príncipe nunca podría ser rey de forma automática y no se sabe, porque no está establecido, quién sería en ese momento el jefe de estado.
El rey actual lo es porque juró fidelidad a los principios fundamentales del Movimiento y porque su antecesor en la jefatura del Estado sí aprobó una ley de sucesión a la misma (y le designó).
Así que mientras el Gobierno no redacte y las Cortes no aprueben esa ley orgánica, al rey (que se supone debe saber esto) no le queda otra que seguir en su puesto.
También habría que reformar la Constitución para que, mientras siga habiendo monarquía en España, se elimine la actual preferencia del varón en el acceso a la Corona. Y más cosas, sí, pero parece que a nadie se le ha ocurrido hacer ni este ni otros cambios. De momento el Gobierno no se plantea ni regular el papel del príncipe.
En el artículo 57.5 de la Constitución dice que "Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica". Dicha ley orgánica no existe.
Solo sabemos que el heredero es el príncipe de Asturias, pero no por qué procedimiento tomará posesión del trono o quien tendrá la jefatura del Estado en el periodo entre la muerte o abdicación del actual monarca y la proclamación del sucesor.
¿Tiene que jurar la Constitución? ¿Su nombramiento ha de ser aprobado por las Cortes? No lo sabemos.
No está escrita la fórmula, no está redactado ningún reglamento, al contrario que en otros países, en los que sabemos que en ese ínterin la jefatura la ostenta, por ejemplo, el presidente del Congreso.
Es decir, al momento siguiente al fallecimiento o abdicación, de producirse ahora, habría un vacío de poder. El príncipe nunca podría ser rey de forma automática y no se sabe, porque no está establecido, quién sería en ese momento el jefe de estado.
El rey actual lo es porque juró fidelidad a los principios fundamentales del Movimiento y porque su antecesor en la jefatura del Estado sí aprobó una ley de sucesión a la misma (y le designó).
Así que mientras el Gobierno no redacte y las Cortes no aprueben esa ley orgánica, al rey (que se supone debe saber esto) no le queda otra que seguir en su puesto.
También habría que reformar la Constitución para que, mientras siga habiendo monarquía en España, se elimine la actual preferencia del varón en el acceso a la Corona. Y más cosas, sí, pero parece que a nadie se le ha ocurrido hacer ni este ni otros cambios. De momento el Gobierno no se plantea ni regular el papel del príncipe.
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